El proyecto de Sala Cuna Universal lleva más de cuatro años tramitándose en el Congreso y busca modificar el artículo 203 del Código del Trabajo, ampliando el acceso a este beneficio. Pero su última votación en el Senado dejó abiertas varias interrogantes clave: el financiamiento, el copago y, especialmente, un punto que generó ruido en redes sociales: la titularidad del derecho.
En esta edición de La Red Experta conversamos con Claudia González, jefa jurídica y de incidencia de Fundación Ronda, organización que este 16 de septiembre cumple 12 años trabajando por la inclusión laboral de personas con discapacidad y por la inserción de las mujeres en el mercado laboral, para entender qué está realmente en juego en esta discusión.
La polémica: ¿el Estado obligará a los padres a usar la sala cuna?
La conversación se dio en medio de una controversia pública: la senadora Vanessa Kaiser cuestionó en redes sociales el cambio que establece a los niños y niñas como titulares del derecho a la sala cuna, planteando que esta modificación podría implicar una intervención del Estado en las decisiones de crianza de los padres.
De acuerdo a Claudia, «es una pena que la discusión se haya desviado de esta manera». En Chile, la educación inicial, desde sala cuna hasta medio mayor, no es obligatoria, y esto no cambia con la nueva redacción del proyecto. «Simplemente dice que son los niños y niñas hijos de personas trabajadoras quienes tienen derecho a acceder a la sala cuna. Ahí hay que distinguir entre un derecho y una obligación», explica.
Para ilustrarlo, aclara la diferencia entre ambos conceptos: un derecho permite exigir algo, pero no obliga a ejercerlo. «Sigue siendo la elección de los padres y madres si es que quieren llevar a sus hijos a la sala cuna», enfatiza Claudia, y agrega que ni empleadores ni el Estado podrían forzar esa decisión, incluso si se aprueba el proyecto tal como quedó redactado en el Senado.
Por qué la titularidad del derecho importa
En el proyecto original presentado por el Ejecutivo, quienes tenían el derecho a exigir sala cuna eran los propios trabajadores y trabajadoras. La modificación aprobada en el Senado trasladó esa titularidad a los niños y niñas menores de dos años. Según Claudia, este cambio no fue ampliamente discutido y su origen tiene, según ella, un componente más ideológico que técnico.
De cara al segundo trámite legislativo, Claudia adelanta que lo esperable es que se reponga la titularidad hacia trabajadores y trabajadoras, entendiendo que el artículo 203 forma parte del Código del Trabajo y debe mantener esa lógica.
Un beneficio que hoy encarece contratar mujeres
Más allá del debate legal, Claudia pone el foco en el problema estructural que busca resolver esta ley: actualmente, el artículo 203 obliga solo a las empresas con más de 20 trabajadoras mujeres a entregar sala cuna, y únicamente a las madres. «Eso genera que contratar a una mujer sea más caro. Eso ya no puede seguir siendo así, es insostenible», afirma.
Esta distorsión no solo afecta el acceso al empleo, sino también los salarios: según explica, las mujeres, especialmente después de tener su primer hijo, tienden a ganar menos, una brecha que se sostiene en el tiempo. Por eso, plantea que las leyes de protección a la maternidad deben transformarse en leyes de protección a la maternidad y la paternidad, bajo un principio real de corresponsabilidad social. «Estos costos no los podemos seguir cargando solo las mujeres. Las mujeres tenemos que ser contratadas y evaluadas por nuestras capacidades, no por cuánto costamos», sostiene.
El nudo del financiamiento y el riesgo del copago
Uno de los puntos más sensibles del proyecto es que el Senado rechazó el mecanismo de financiamiento propuesto originalmente por el Ejecutivo, que contemplaba una cotización de cargo del empleador, compensada a través del seguro de cesantía, para distribuir los costos de forma solidaria.
Sin este mecanismo, advierte Claudia, existe el riesgo real de que el proyecto no avance, o que termine aprobándose con un fondo tan bajo que el costo se traslade nuevamente a las madres a través del copago aprobado por el Senado. «Si una mujer con salario mínimo tiene que destinar el 10% o 15% de su sueldo a copagar la sala cuna, empieza a evaluar si realmente le conviene trabajar versus quedarse en casa, que es justamente lo que queremos evitar», explica.El llamado final: diálogo y urgencia
El llamado final: diálogo y urgencia
Para Claudia, una política de sala cuna verdaderamente universal debe garantizar salas cuna cercanas al hogar o al trabajo, con altos estándares educativos, accesibles en términos de transporte y costo, y sin condiciones que limiten su ejercicio real como derecho.
Fundación Ronda cierra con un llamado directo a la clase política: «Hacemos un llamado a que dialoguemos, a que construyamos una política, pero que sea ahora. El Ejecutivo tiene toda la disposición. Llamamos a los parlamentarios a discutir, a conversar y a que se apruebe prontamente la sala cuna».
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